
Detalló que los recursos se recuperan en función de la designación de beneficiarios que tenga cada una de las personas y de lo que aplica en la ley de los institutos de seguridad social.
En este caso dijo que para los esposos o hijos menores de 18 años registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) será más rápido recuperar los recursos que están en la cuenta individual, mientras para quienes no estaban casados y sin hijos, los familiares deben acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para que determinen si son beneficiarios.
Si el trabajador ya cumplía con los requisitos de pensión que están dispuestos en la ley, hay que acudir al Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) y ahí se determinará en cada caso, mientras que si se trata de una persona que ya tenía las semanas de cotización, su pareja puede tener derecho a una pensión por viudez, por ejemplo, o una pensión para los menores, pero depende de cada caso.